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LOS ESTUDIOS JURIDICOS REQUIEREN DE MARKETING JURIDICO PARA SOBREVIVIR

jueves, marzo 02, 2006

Desde el foro del Senador Carlos Cantero

Ley sobre publicidad y consumo de tabaco " desde el Foro del Senador Carlos Cantero

La Cámara de Diputados aprobó una serie de indicaciones al Proyecto de ley que modifica la ley Nº 19.419 en materias relativas a la publicidad y el consumo del tabaco (boletín 3825-11).

Entre ellas se encuentran:

 

• La que prohíbe totalmente “la publicidad del tabaco o de elementos de la marca relacionada con dicho producto, así como la publicidad transfronteriza de productos hechos con tabaco o de marcas relacionadas con dichos productos.

• La publicidad en las señales internacionales de los medios de comunicación chilenos o de páginas de Internet cuyos dominios correspondan a la terminación punto cl, o que pertenezcan a personas naturales o jurídicas que desarrollen actividades de cualquier índole dentro del territorio nacional.

• Se aprobó la norma que estipula que el fabricante y el importador de los productos hechos con tabaco deberá, a su cargo, publicitar los efectos dañinos derivados del hábito de fumar en conformidad con el reglamento correspondiente

• También se prohibió el uso de aditivos y sustancias que aumenten el daño o riesgo del consumidor.

• Se introdujo una indicación del Ejecutivo que señala que la Autoridad Sanitaria competente fiscalizará el cumplimiento de esta ley, pero en caso de incumplimiento, se podrá presentar un recurso de reclamación ante el Juez de Letras correspondiente. Le otorga mediante esta indicación, competencia a Carabineros para fiscalizar el cumplimiento de las normas de esta iniciativa legal, y denunciar ante la Secretaría Regional Ministerial de Salud que corresponda las infracciones que detecte, para el sumario correspondiente y la aplicación de sanciones.

• Indica además que, en el caso de productos de tabaco producidos en el extranjero, para su importación será necesario la autorización previa de la Autoridad Sanitaria Regional que corresponda. Para cursar la destinación aduanera de importación, el Servicio Nacional de Aduanas deberá exigir el certificado de autorización de dicha Autoridad, en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones impuestas mediante este texto legal.

¿Esta usted de acuerdo con lo que propone esta ley? Se pregunta el Senador. Opinemos

http://www.gobernabilidad.cl/forocco/foro_comenta.php?id_cate=1&id_tema=145

 

Saludos, Rodrigo González Fernández. Tabaquismos21.blogspot.com

 

Respuesta de  Rodrigo González fernandez ,  rogofe47@yahoo.es     

02 de Marzo, 2006 

           

La propuesta parlamentaria es parcialmente buena. En otros términos es insuficiente. Se debe ir al fondo del problema : el tabaco= muerte.

Por ello la población debe exigir sus derechos : el derecho a la vida, el derecho a vivir en un ambiente limpio sin contaminación.

Entonces, demandemos al Estado por su inacción; demandemos a las compañías tabacaleras por causar la muerte de miles de ciudadanos chilenos .

Invito a debatir sobre el tema: tabaquismos21.blogspot.com

Saluda atentamente Rodrigo González F.

Es el juez un creador de derecho

¿Es el juez un creador de derecho?

Asi  se ha preguntado el destacado abogado Peruano D.Juan Monroy Gálvez, cuestión que me ha parecido de carácter general e interesante y comparto con los lectores invitándolos  a debatir sobre el tema

Al inaugurarse el año judicial el presidente de ese poder afirmó categóricamente que el juez es un creador de derecho. Como toda idea nueva es peligrosa, de lo contrario no sería idea y tampoco sería nueva; solo consistiría en una verdad banal muchas veces repetida, pero siempre negada por la realidad.

 

Nuestra sociedad soporta una distorsión severa de aquello que comúnmente llamamos derecho. Con este nombre aludimos al conjunto de patrones de conducta que, con formato de norma jurídica, es producido -preferentemente- por el poder estatal y que nos vincula, casi siempre en función prohibitiva o impeditiva. Ese 'derecho' solo es una construcción formal, tanto que las discusiones a su alrededor están referidas a la producción y a la estructura de la norma (¿Puede ser expedida por el ministro? ¿Puede un decreto supremo derogar una resolución suprema? etc.). Se ha afianzado tanto este 'derecho', que juristas, políticos, gobernantes y gobernados se mueven alrededor de la norma como si fuera un tótem. Un ejemplo: cada cierto tiempo urge una ley que declare la pena de muerte de los violadores de niños, sobre todo, durante las 48 horas siguientes de ocurrido el hecho.

 

Este 'derecho' nos ha vuelto tan dependientes, que no hay actuación pública que no esté regulada por una norma que prevea lo que alguien debe hacer, lo que no, requisitos, plazos, etc. Este 'progreso incesante' del 'derecho' ha devenido en patológico, se ha vuelto una 'legorrea': no hay manera de saber qué ni cuántas normas están vigentes. A guisa de ejemplo, para elaborar una norma, un ingrediente fundamental es el consenso entre los legisladores. Pero en la práctica, el consenso solo consiste en la aprobación de continuas variaciones a los objetivos que motivaron la propuesta original. Al final, cuando la norma se promulga, solo es un patético reflejo de aquello que se quiso inicialmente. En los estados legislativos (no estados de derecho), como el peruano, la norma es un producto semielaborado.

 

El doctor Juan Monroy Galvez es un reputado y prestigioso abogado procesalista limeño.

 

Saludos.Rodrigo González Fernández, consultajuridica.blogspot,.com

El Código Da Vinci está robado

Onésimo Alvarez-Moro  nos entrega en blogsalmon este interesante artículo materia sobre la cual se está comentando profusamente en los diferentes medios El autor de este bestseller se ha encontrado en medio de un debate que continúa en todo el mundo y que cubre todos los productos de propiedad intelectual: libros, música, películas, software. Entonces , estamos ante una cuestión de “derecho de propiedad intelectual”, que se cuestiona y discute en todo el mundo.

El debate de quién es el propietario de la propiedad intelectual, cuanto hay que pagarles por utilizarlo y cuando.En estos momentos estamos en un mundo donde estos temas están causando bastante preocupación. Se estima que en los países menos desarrollados más del 90% del software es robado. Incluso en los países más desarrollados la incidencia de robo también está a niveles muy altos, en España el sector estima que más del 70% del software es robado. Adicionalmente, la música se intercambia pero casi no se paga y las pelis lo mismo

En las negociaciones internacionales del comercio tenemos a los países ricos, y productores principales de estos productos, presionando a los países pobres que acepten la necesidad de pagar por ellos, y los países pobres criticando a los ricos por sus leyes ricas que les permiten cobrar mucho dinero, mientras mantienen sus propios mercados protegidos.

El autor del Código Da Vinci y su editorial están en estos momentos en una batalla judicial para ver si han copiado la idea básica de su libro sin pagar a los originarios de ella.

La tesis principal del libro es que Jesús y María Magdalena tuvieron un hijo y que esta línea genética existe hoy en el mundo. Los denunciantes, escribieron un libro (“La sangre sagrada y el Santo Grial”), mas bien académico, en 1982 revelando esto, y dicen que el autor del Código tomó la idea y creó una historia de ficción utilizando esta base y evitándose el trabajo de investigación. Por haber tomado su idea principal, los denunciantes quieren ser compensados por su propiedad intelectual.

Este caso abre dos temas actuales, primero, cómo se fija lo que es la propiedad intelectual y segundo, si se puede cobrar por ello y cuánto.

En este caso hay millones en juego pero en la solución judicial e intelectual de estos casos y de los acuerdos de comercio entre países están en juego billones.

Vía | Financial Times (€ y en inglés) y Yahoo Noticias
En El Blog Salmón | El canon de la SGAE y el Pecado Original, El atasco de la OMC y Los países menos desarrollados se están cansando

Tags Technorati | Código Da Vinci, La sangre sagrada y el Santo Grial, Propiedad intelectual

Saludos Rodrigo González Fernández, consultajuridica.blogspot.com