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miércoles, mayo 30, 2007

Desde el viernes rige decreto que obliga a los vehículos a circular con luces encendidas

Desde el viernes rige decreto que obliga a los vehículos a circular con luces encendidas

30 de mayo 2007


A partir del viernes 1 de junio rige el Decreto 181 del Ministerio de Transportes, que señala que "los vehículos motorizados, cuando circulen por rutas interurbanas, incluso cuando estas rutas atraviesan zonas urbanas, deberán hacerlo con sus luces de circulación diurnas encendidas; en caso de no contar con dichas luces, deberán hacerlo con sus luces bajas encendidas".
 
La normativa argumenta que los vehículos con luces bajas encendidas presentan mayores niveles de contraste con el entorno, favoreciendo a otros conductores y peatones que se percaten de su presencia, independiente de las condiciones climáticas y de luminosidad.
 
El Instituto Holandés de Investigación  para la Seguridad Vial señala que, en los países en que se ha implementado el uso de luces diurnas, se han evitado 20% de heridos y 25% de muertes, producto de colisiones diurnas. Otra investigación, que recoge 41 estudios previos sobre el tema, indica que se han reducido las colisiones diurnas entre un 8% y 15%; y que los atropellos a peatones y ciclistas disminuyeron en un 15% y 10%, respectivamente.
 
El Informe Mundial sobre la Prevención de los Traumatismos Causados por el Tránsito  de la Organización Mundial de la Salud (OMS), recomienda que los países consideren la posibilidad de exigir la utilización de luces diurnas no sólo en vehículos de dos ruedas.
 
Aunque en Chile sólo el 13% de los accidentes de tránsito se producen en las vías no urbanas, éstos concentran el 57% del total de fallecidos.
 
No respetar la nueva disposición reglamentaria será considerado una infracción grave que será penalizada con multas que van de 1 a 1,5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), aproximadamente entre 32 y 48 mil pesos.
Saludos
rodrigo gonzalez fernandez
consultajuridicachile.blogspot.com
Renato Sánchez 3586 of 10
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Santiago Chile