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lunes, agosto 02, 2010

¿cuándo aplicar el principio de precaución ambiental?

Dualismo jurisdiccional y paradojas: ¿cuándo aplicar el principio de precaución ambiental?

Las antenas de telefonía móvil ante la jurisprudencia francesa


 

Articulo de Pedro Harris Moya, Investigador C.E.I.N. Pontificia Universidad Católica de Valparaíso


 

Resumen


Aquí se encuentran próximas a escuelas y hospitales. Allá, muy cerca de las plazas. Migrañas y náuseas. No estamos describiendo un caso aislado. Las antenas de telefonía móvil son, por lo menos, un dolor de cabeza para el Derecho ambiental. La posición de la industria ha sido invariable: el respeto de las normas determina su inocuidad. Pero la situación está cambiando en Francia: ¿Por qué sus jueces, de la noche a la mañana, ordenan desmontar estas antenas? ¿Por qué otros tantos impiden su instalación? Los tribunales, directa o indirectamente, han comenzado a aplicar el principio de precaución ambiental. Sin embargo, su aplicación no ha sido uniforme. La jurisprudencia administrativa lo ha rechazado reiteradamente. El conflicto permite comprender algunas paradojas del dualismo jurisdiccional francés. Su estudio, por lo demás, da a conocer nuevos remedios para la controversia y una protección ambiental indirecta.

 

En el siguiente link se puede acceder al artículo completo

 

 

 

 

Pedro Pablo Rossi Guajardo

Secretario de Comunicaciones

Centro de Estudios Ius Novum

 

Diego Hormazábal Riquelme

Director Ejecutivo

Centro de Estudios Ius Novum

 

 

iusnovum@gmail.com / Teléfono: 7 45 011 45 / Av. Brasil 2950, 2° Piso. - Valparaíso





FUENTE: www.iusnovum.com
Saludos,
 
RODRIGO  GONZALEZ  FERNANDEZ
DIPLOMADO EN RSE DE LA ONU
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